El modelo 184 es una declaración informativa que no tributa ni genera obligación de pago ni devolución. Deben presentarla las entidades en régimen de atribución de rentas.
Como veremos, la entidad en el sistema de atribución de rentas no tributa directamente. En cambio, sus partícipes son quienes tributan de acuerdo con los resultados que les son imputables por sus operaciones.
Tabla de contenidos
Las entidades en régimen de atribución de rentas
Hablamos de entidades que agrupan a distintas personas (personas físicas o jurídicas), estas entidades no están sujetas al Impuesto sobre Sociedades y pueden o no tener personalidad jurídica propia
Algunas entidades están acostumbradas a pagar sus propios impuestos, mientras que otras tienen que utilizar el IRPF o el Impuesto sobre Sociedades. Pero las entidades mismas, como corporaciones o LLC, no tienen la obligación de pagar impuestos. En cambio, pueden reclamar lo que pagaron en impuestos a través de los impuestos de sus socios: costo de los empleados, etc.
Así es como normalmente se atribuyen los ingresos de una empresa:
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Sociedades civiles, con o sin personalidad jurídica
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Las herencias son bienes sin personalidad jurídica propia y que aún están pendientes de adjudicarse o no.
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Para minimizar el fraude fiscal, el NIF es una comunidad con reglas específicas para compartir. Los miembros de la comunidad contribuyen con los impuestos sobre la renta personal de los miembros además del IVA recaudable de impuestos, que luego es liquidado en su totalidad por la comunidad.
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Las comunidades de propietarios están previstas en la Ley de Propiedad Horizontal.
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Todas las entidades que constituyen una unidad económica o un patrimonio separado que pueden estar sujetos a tributación.
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Entidades extranjeras que sean similares a las anteriores
No son entidades del sistema de atribución de rentas las siguientes:
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Uniones Temporales de Empresas (UTE)
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Los grupos de sociedades
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Los fondos de pensiones
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Las comunidades del bosque están en manos comunes.
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Las sociedades agrarias de transformación
Cálculo de la renta
La entidad se distribuye para que los miembros de la comunidad y los clientes puedan beneficiarse de manera diferente. La forma en que se determinan los beneficios difiere según la posición del participante dentro de la entidad. Por ejemplo, como cliente, podría proporcionar comentarios sobre cómo cree que el producto o servicio ha mejorado después de usarlo.
Recordemos que la entidad en el régimen de atribución de rentas no tributa, pero sí las personas que participan en él.
El IRPF es un impuesto que utilizan los países latinoamericanos. En este caso, las personas físicas que todavía deben tributar pueden reducir su carga del año en que hayan cotizado con la diferencia de entre el 5% y el 50% de sus propias tomas. Estas contribuciones se pagan específicamente para este propósito.
Hay diferentes casos en los que los participantes pueden salir del pago de sus impuestos y varían según sus ingresos, activos y la exención / bonificación que se otorga.
Las autoridades fiscales distribuirán el porcentaje de beneficios atribuidos a cada participante, según lo determine su título constitutivo, en caso de no existir convenio.
Obligaciones tributarias
El Modelo 184
En el régimen de imputación de ingresos, la entidad deberá informar a la AEAT de sus ingresos anuales totales y su distribución en consecuencia. La alternativa sería vincular las utilidades de todos sus accionistas por un período determinado.
Por ello, estas entidades, cuando realicen una actividad económica o sus ingresos superen los 3.000 € anuales, deberán presentar el Modelo 184 en el mes de febrero de cada año, que deberá incluir:
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Los datos informativos de la entidad y su representante
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El domicilio fiscal y NIF de sus miembros (residen o no en España) y los cambios que se produzcan en el domicilio.
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Montos de los ingresos totales y los atribuidos a cada miembro.
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Base de las deducciones que se pueden aplicar
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Retenciones e ingresos a cuenta de la entidad y cómo se distribuyen entre sus miembros
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Importe total de la facturación
Otras obligaciones tributarias
Además de la presentación anual del Modelo 184, existen otras obligaciones fiscales que deben cumplir la entidad o sus partícipes.
A continuación, veremos las obligaciones que tienen que cumplir unos y otros según la normativa del IRPF
Son obligaciones a cargo de la entidad:
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Presentación de las declaraciones censales que le correspondan (Modelo 036 o 037).
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Cumplimiento de las obligaciones contables, de teneduría de libros, o libros de ingresos y gastos que sean aplicables a la actividad.
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Emitir facturas.
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Gestiona el IVA con sus liquidaciones periódicas anuales.
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Cuando corresponda, efectuar retenciones y efectuar depósitos.
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Determinar la renta total y su atribución a sus partícipes y efectuar los pagos a cuenta periódicos.
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Proporcionar información a Hacienda
Obligaciones a cargo de cada participante en la entidad:
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Presentación de las declaraciones censales que les correspondan
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Hacer pagos periódicos
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Declarar las rentas que les correspondan en los impuestos que les sean de aplicación, ya sea el IRPF, el Impuesto sobre Sociedades o el Impuesto sobre la Renta de no Residentes.